Identificación
Presentación
La cualificación profesional es el “conjunto de competencias profesionales con significación en el empleo que pueden ser adquiridas mediante formación modular u otros tipos de formación, así como a través de la experiencia laboral” (Ley 5/2002 de las Cualificaciones y de la Formación Profesional).
Cualificaciones
Organización de las cualificaciones por niveles. En cada una de ellas se muestran los elementos identificativos de la cualificación, la referencia a las normas que lo regulan y su relación con los títulos y certificados, la competencia general de la cualificación y las unidades de competencia que comprende.
1 - Servicios auxiliares de peluquería .
Código | Denominación | Nivel | Certificado profesional |
---|---|---|---|
IMP022_1 | Servicios auxiliares de peluquería . | 1 | IMPQ0108 |
R. Decreto | Certificado | Título | Currículo | Guías de evidencia |
---|---|---|---|---|
RD 295/2004 |
RD 716/2011 RD 1379/2009 |
Guía |
Competencia general
- Preparar los equipos, realizar técnicas de limpieza y acondicionamiento del cabello y cuero cabelludo y aplicación de técnicas de cambios de forma y color, bajo la supervisión del técnico responsable, en condiciones de higiene y seguridad óptimas.
Unidades de competencia
- UC0058_1 » Preparar los equipos y lavar y acondicionar el cabello y cuero cabelludo.
- UC0059_1 » Realizar montajes para los cambios de forma temporales y permanentes e inicio del peinado.
- UC0060_1 » Aplicar técnicas de color y decoloración del cabello.
Ciclos formativos que incluyen alguna de estas unidades de competencia:
1 - Servicios auxiliares de estética.
Código | Denominación | Nivel | Certificado profesional |
---|---|---|---|
IMP118_1 | Servicios auxiliares de estética. | 1 | IMPE0108 |
R. Decreto | Certificado | Título | Currículo | Guías de evidencia |
---|---|---|---|---|
RD 1087/2005 |
RD 716/2011 RD 1379/2009 |
Guía |
Competencia general
- Embellecer las uñas, aplicar técnicas de eliminación del vello por procedimientos mecánicos y decolorarlo y realizar maquillaje de día, respetando las normas de seguridad y salud durante los procesos, preparando los productos, útiles y aparatos, higienizándolos, desinfectándolos o esterilizándolos, todo bajo la supervisión del técnico responsable.
Unidades de competencia
- UC0343_1 » Preparar los equipos y realizar operaciones de atención y acomodación del cliente en condiciones de calidad, seguridad e higiene.
- UC0344_1 » Aplicar cuidados estéticos básicos en uñas.
- UC0345_1 » Eliminar por procedimientos mecánicos y decolorar el vello.
- UC0346_1 » Realizar maquillajes de día.
Ciclos formativos que incluyen alguna de estas unidades de competencia:
2 - Peluquería.
Código | Denominación | Nivel | Certificado profesional |
---|---|---|---|
IMP119_2 | Peluquería. | 2 | IMPQ0208 |
R. Decreto | Certificado | Título | Currículo | Guías de evidencia |
---|---|---|---|---|
RD 1087/2005 |
RD 716/2011 |
RD 1588/2011 |
Guía |
Competencia general
- Mejorar la imagen personal del cliente, aplicando protocolos de trabajos técnicos de peluquería para el cuidado y el embellecimiento del cabello y técnicas complementarias de arreglo y rasurado de la barba y el bigote, en condiciones de calidad, seguridad e higiene óptimas.
Unidades de competencia
- UC0058_1 » Preparar los equipos y lavar y acondicionar el cabello y cuero cabelludo.
- UC0347_2 » Realizar el análisis capilar, para diseñar protocolos de trabajos técnicos y aplicar cuidados capilares estéticos.
- UC0348_2 » Realizar cambios de color totales o parciales en el cabello.
- UC0349_2 » Modificar la forma del cabello temporalmente, peinarlo y/o recogerlo.
- UC0350_2 » Realizar cambios de forma permanente en el cabello.
- UC0351_2 » Cortar el cabello y realizar el arreglo y rasurado de barba y bigote.
- UC0352_2 » Asesorar y vender productos y servicios para la Imagen Personal.
Ciclos formativos que incluyen alguna de estas unidades de competencia:
2 - Servicios estéticos de higiene, depilación y maquillaje.
Código | Denominación | Nivel | Certificado profesional |
---|---|---|---|
IMP120_2 | Servicios estéticos de higiene, depilación y maquillaje. | 2 | IMPP0208 |
R. Decreto | Certificado | Título | Currículo | Guías de evidencia |
---|---|---|---|---|
RD 1087/2005 |
RD 716/2011 RD 1373/2008 |
Guía |
Competencia general
- Aplicar técnicas de higiene facial y corporal, depilación, maquillaje y técnicas de ventas de productos y servicios, observando las pautas precisas para el manejo y selección de las diferentes técnicas estéticas en condiciones de seguridad, higiene y desinfección, atendiendo a las necesidades y demandas de los clientes.
Unidades de competencia
- UC0065_2 » Mejorar la armonía del rostro con estilos de maquillaje social.
- UC0345_1 » Eliminar por procedimientos mecánicos y decolorar el vello.
- UC0352_2 » Asesorar y vender productos y servicios para la Imagen Personal.
- UC0354_2 » Atender al cliente del servicio estético de higiene, depilación y maquillaje en condiciones de seguridad, salud e higiene.
- UC0355_2 » Aplicar técnicas estéticas de higiene e hidratación facial y corporal.
Ciclos formativos que incluyen alguna de estas unidades de competencia:
2 - Cuidados estéticos de manos y pies.
Código | Denominación | Nivel | Certificado profesional |
---|---|---|---|
IMP121_2 | Cuidados estéticos de manos y pies. | 2 | IMPP0108 |
R. Decreto | Certificado | Título | Currículo | Guías de evidencia |
---|---|---|---|---|
RD 1087/2005 |
RD 716/2011 RD 1373/2008 |
Guía |
Competencia general
- Realizar el embellecimiento y los tratamientos estéticos de las uñas de las manos y los pies observando las condiciones precisas para la selección y aplicación de las diferentes técnicas en condiciones de calidad, seguridad y salud, atendiendo a las necesidades y demandas de los clientes.
Unidades de competencia
- UC0356_2 » Atender al cliente del servicio estético de manos y pies en condiciones de seguridad, higiene y salud.
- UC0357_2 » Aplicar técnicas estéticas para cuidar y embellecer las uñas.
- UC0358_2 » Elaborar y aplicar uñas artificiales.
- UC0359_2 » Realizar tratamientos estéticos de manos y pies.
Ciclos formativos que incluyen alguna de estas unidades de competencia:
3 - Hidrotermal.
Código | Denominación | Nivel | Certificado profesional |
---|---|---|---|
IMP023_3 | Hidrotermal. | 3 | IMPP0308 |
R. Decreto | Certificado | Título | Currículo | Guías de evidencia |
---|---|---|---|---|
RD 327/2008 |
RD 716/2011 RD 1373/2008 |
Guía |
Competencia general
- Elaborar protocolos de actuación y organizar la prestación de servicios hidrotermales vinculados a programas de salud, belleza y bienestar y realizar propuestas personalizadas de servicios, conjugando las demandas del cliente con la realización de un diagnóstico estético previo, o siguiendo las indicaciones del facultativo, realizando lacoordinación de equipos, el seguimiento y la aplicación, en su caso, de las técnicas hidrotermales y complementarias, observando el cumplimiento de las normas de atención al cliente, higiene, seguridad y calidad.
Unidades de competencia
- UC0061_3 » Aplicar y supervisar las técnicas hidrotermales personalizando los protocolos normalizados.
- UC0062_3 » Aplicar cosmética termal en los servicios hidrotermales.
- UC0063_3 » Realizar masajes manuales y/o mecánicos con fines estéticos.
- UC1260_3 » Protocolizar y organizar los servicios hidrotermales y complementarios.
Ciclos formativos que incluyen alguna de estas unidades de competencia:
3 - Maquillaje integral.
Código | Denominación | Nivel | Certificado profesional |
---|---|---|---|
IMP024_3 | Maquillaje integral. | 3 | IMPE0209 |
R. Decreto | Certificado | Título | Currículo | Guías de evidencia |
---|---|---|---|---|
RD 1087/2005 |
RD 716/2011 |
Competencia general
- Realizar técnicas de maquillaje, micropigmentación y tatuaje, en condiciones de higiene y seguridad óptimas adecuándolas al cliente, al medio y circunstancia.
Unidades de competencia
- UC0064_2 » Preparar los medios técnicos y personales para aplicar maquillaje integral.
- UC0065_2 » Mejorar la armonía del rostro con estilos de maquillaje social.
- UC0066_2 » Maquillar para medios escénicos y producciones audiovisuales.
- UC0067_3 » Realizar y supervisar procesos de micropigmentación.
- UC0068_3 » Realizar y supervisar técnicas de tatuaje artístico.
Ciclos formativos que incluyen alguna de estas unidades de competencia:
3 - Bronceado, maquillaje y depilación avanzada.
Código | Denominación | Nivel | Certificado profesional |
---|---|---|---|
IMP182_3 | Bronceado, maquillaje y depilación avanzada. | 3 | IMPE0109 |
R. Decreto | Certificado | Título | Currículo | Guías de evidencia |
---|---|---|---|---|
RD 1228/2006 (c) RD 1228/2006 |
RD 716/2011 |
Guía |
Competencia general
- Embellecer y cuidar la piel aplicando los distintos métodos de: bronceado, depilación eléctrica, foto-depilación, micropigmentación y estilos de maquillaje social, y emplear procedimientos de venta y asesoramiento de productos y servicios estéticos, respetando las normas de seguridad y salud.
Unidades de competencia
- UC0065_2 » Mejorar la armonía del rostro con estilos de maquillaje social.
- UC0067_3 » Realizar y supervisar procesos de micropigmentación.
- UC0352_2 » Asesorar y vender productos y servicios para la Imagen Personal.
- UC0580_3 » Realizar la aplicación de técnicas de bronceado artificial en condiciones de seguridad y salud.
- UC0581_3 » Realizar la depilación definitiva y/o supervisar procesos de depilación temporal.
Ciclos formativos que incluyen alguna de estas unidades de competencia:
3 - Masajes estéticos y técnicas sensoriales asociadas.
Código | Denominación | Nivel | Certificado profesional |
---|---|---|---|
IMP248_3 | Masajes estéticos y técnicas sensoriales asociadas. | 3 | IMPE0110 |
R. Decreto | Certificado | Título | Currículo | Guías de evidencia |
---|---|---|---|---|
RD 790/2007 |
RD 1527/2011 |
Guía |
Competencia general
- Mejorar la imagen y contribuir al bienestar de las personas aplicando masajes estéticos y técnicas sensoriales asociadas en función del diagnóstico y en condiciones de calidad, seguridad e higiene y salud, de acuerdo con el protocolo establecido.
Unidades de competencia
- UC0063_3 » Realizar masajes manuales y/o mecánicos con fines estéticos.
- UC0789_3 » Realizar el diagnóstico estético y diseñar protocolos integrando técnicas de masaje, drenaje linfático y sensoriales con fines estéticos.
- UC0790_3 » Realizar el drenaje linfático manual y/o mecánico con fines estéticos.
- UC0791_3 » Realizar técnicas de masaje por presión con fines estéticos.
- UC0792_3 » Asociar técnicas sensoriales a masajes con fines estéticos.
Ciclos formativos que incluyen alguna de estas unidades de competencia:
3 - Peluquería técnico-artística.
Código | Denominación | Nivel | Certificado profesional |
---|---|---|---|
IMP249_3 | Peluquería técnico-artística. | 3 | IMPQ0109 |
R. Decreto | Certificado | Título | Currículo | Guías de evidencia |
---|---|---|---|---|
RD 790/2007 |
RD 716/2011 |
Guía |
Competencia general
- Proponer y realizar, en su caso, cambios de imagen mediante procesos de transformación y embellecimiento del cabello y pelo del rostro, asesorando al cliente en función de las necesidades y técnicas requeridas, y dirigir y gestionar las actividades profesionales y empresariales vinculadas al desarrollo de la prestación de servicios de peluquería técnico-artística en los distintos ámbitos de actuación.
Unidades de competencia
- UC0348_2 » Realizar cambios de color totales o parciales en el cabello.
- UC0351_2 » Cortar el cabello y realizar el arreglo y rasurado de barba y bigote.
- UC0793_3 » Asesorar a los clientes sobre su imagen personal, mediante el cuidado y transformación estética del cabello y el pelo del rostro.
- UC0794_3 » Realizar protocolos técnicos y peinados para peluquerías y producciones audiovisuales y escénicas.
- UC0795_3 » Dirigir y gestionar las actividades desarrolladas en empresas de imagen personal.
Ciclos formativos que incluyen alguna de estas unidades de competencia:
3 - Tratamientos estéticos.
Código | Denominación | Nivel | Certificado profesional |
---|---|---|---|
IMP250_3 | Tratamientos estéticos. | 3 | IMPE0210 |
R. Decreto | Certificado | Título | Currículo | Guías de evidencia |
---|---|---|---|---|
RD 790/2007 |
RD 1527/2011 |
Guía |
Competencia general
- Protocolizar y realizar tratamientos estéticos faciales y corporales teniendo en cuenta el diagnóstico, y las necesidades y demandas del cliente, aplicando técnicas cosmetológicas, electroestéticas y de masaje y drenaje linfático, conforme a criterios de higiene, seguridad, salud y calidad.
Unidades de competencia
- UC0063_3 » Realizar masajes manuales y/o mecánicos con fines estéticos.
- UC0790_3 » Realizar el drenaje linfático manual y/o mecánico con fines estéticos.
- UC0796_3 » Realizar el diagnóstico y diseñar protocolos estéticos personalizados.
- UC0797_3 » Aplicar técnicas electroestéticas integrándolas en tratamientos estéticos específicos.
- UC0798_3 » Realizar tratamientos estéticos coordinando la aplicación de diferentes técnicas cosmetológicas, electroestéticas y manuales.
Ciclos formativos que incluyen alguna de estas unidades de competencia:
3 - Asesoría integral de imagen personal.
Código | Denominación | Nivel | Certificado profesional |
---|---|---|---|
IMP395_3 | Asesoría integral de imagen personal. | 3 | IMPE0111 |
R. Decreto | Certificado | Título | Currículo | Guías de evidencia |
---|---|---|---|---|
RD 327/2008 |
Guía |
Competencia general
- Asesorar a los clientes en las diferentes áreas que conforman la imagen personal: cuidados estéticos faciales y corporales, maquillaje, peluquería, vestuario, usos sociales y comunicación, realizando propuestas de cambio integral o parcial, para conseguir los objetivos propuestos y acordados, prestando un servicio de calidad.
Unidades de competencia
- UC1248_3 » Realizar el estudio de la imagen personal para proponer proyectos de cambio personalizados.
- UC1249_3 » Asesorar a los clientes sobre cambios en su imagen personal mediante el cuidado y transformación estética del cabello y pelo del rostro.
- UC1250_3 » Asesorar a los clientes sobre cambios en su imagen personal mediante cuidados estéticos.
- UC1251_3 » Asesorar a los clientes sobre cambios en su imagen personal mediante la indumentaria y los complementos.
- UC1252_3 » Asesorar al cliente en las actuaciones de protocolo y usos sociales relacionados con la imagen personal.
- UC1253_3 » Asesorar al cliente en técnicas de comunicación relacionadas con la imagen personal.
Ciclos formativos que incluyen alguna de estas unidades de competencia:
3 - Caracterización de personajes.
Código | Denominación | Nivel | Certificado profesional |
---|---|---|---|
IMP396_3 | Caracterización de personajes. | 3 | IMPE0211 |
R. Decreto | Certificado | Título | Currículo | Guías de evidencia |
---|---|---|---|---|
RD 327/2008 |
Guía |
Competencia general
- Realizar la caracterización de personajes para medios audiovisuales y escénicos, elaborando proyectos de caracterización en función de proyectos artísticos y según los condicionantes técnicos, económicos y humanos, planificando y coordinando el trabajo de los profesionales que intervienen en el proceso, elaborando bocetos y utilizando técnicas de peluquería, posticería, maquillaje, prótesis y efectos especiales de maquillaje, en condiciones óptimas de seguridad e higiene.
Unidades de competencia
- UC0066_2 » Maquillar para medios escénicos y producciones audiovisuales.
- UC1254_3 » Elaborar proyectos de caracterización de personajes en función de proyectos artísticos.
- UC1255_3 » Planificar, organizar y gestionar proyectos de caracterización.
- UC1256_3 » Elaborar prótesis faciales y corporales para caracterización.
- UC1257_3 » Elaborar prótesis pilosas para caracterización.
- UC1258_2 » Aplicar técnicas de peluquería para caracterización.
- UC1259_3 » Realizar la caracterización de personajes y los efectos especiales de maquillaje.
Ciclos formativos que incluyen alguna de estas unidades de competencia:
3 - Tratamientos capilares estéticos.
Código | Denominación | Nivel | Certificado profesional |
---|---|---|---|
IMP397_3 | Tratamientos capilares estéticos. | 3 | IMPQ0308 |
R. Decreto | Certificado | Título | Currículo | Guías de evidencia |
---|---|---|---|---|
RD 327/2008 |
RD 716/2011 |
Guía |
Competencia general
- Realizar tratamientos capilares estéticos según el diagnóstico, y diseñar y protocolizar tratamientos, aplicando las técnicas estéticas de masaje capilar, drenaje linfático, electroestéticas, cosmetológicas, otras, realizando y adaptando prótesis capilares conforme a criterios de higiene, salud, seguridad y calidad, y dirigir y gestionar las actividades vinculadas a las empresas donde se desarrollan, así como organizar, promocionar y vender productos y servicios relacionados con la Imagen Personal.
Unidades de competencia
- UC0352_2 » Asesorar y vender productos y servicios para la Imagen Personal.
- UC0795_3 » Dirigir y gestionar las actividades desarrolladas en empresas de imagen personal.
- UC1261_3 » Realizar el diagnóstico y diseñar tratamientos capilares estéticos.
- UC1262_3 » Realizar tratamientos capilares estéticos en condiciones de seguridad e higiene.
Ciclos formativos que incluyen alguna de estas unidades de competencia:
Normativa
Normas legales que regulan las cualificaciones de esta familia profesional
- Real Decreto 817/2014, de 26 de septiembre, por el que se establecen los aspectos puntuales de las cualificaciones profesionales para cuya modificación, procedimiento de aprobación y efectos es de aplicación el artículo 7.3 de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional (Boletín Oficial del Estado, núm. 257 de 23 de octubre de 2014).
- Orden ESS/1897/2013, de 10 de octubre, por la que se desarrolla el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad y los reales decretos por los que se establecen certificados de profesionalidad dictados en su aplicación (Boletín Oficial del Estado, núm. 249 de 17 de octubre de 2013).
- Real Decreto 189/2013, de 15 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad y los reales decretos por los que se establecen certificados de profesionalidad dictados en su aplicación (Boletín Oficial del Estado, núm. 69 de 21 de marzo de 2013).
- Real Decreto 1146/2011, de 29 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas correspondientes a la Educación Secundaria Obligatoria, así como los Reales Decretos 1834/2008, de 8 de noviembre, y 860/2010, de 2 de julio, afectados por estas modificaciones (Boletín Oficial del Estado, núm. 182 de 30 de julio de 2011).
- Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo (Boletín Oficial del Estado, núm. 182 de 30 de julio de 2011).
TÍTULO IV
La oferta y los centros de formación profesional
CAPÍTULO I
La oferta de formación profesional del sistema educativo
Artículo 43. Oferta para completar un ciclo formativo de formación profesional.
- La acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación deberá obtenerse mediante el procedimiento establecido en el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral.
- Las Administraciones educativas promoverán que las personas que hayan participado en el procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral, puedan completar la formación necesaria para la obtención de un título de formación profesional.
- Las Administraciones educativas facilitarán información sobre las distintas ofertas de módulos profesionales, en régimen presencial o a distancia, que pueden cursar para completar la formación conducente a un título de formación profesional.
TITULO III
Régimen de convalidaciones y exenciones
Artículo 40. Aspectos procedimentales.
1. Quienes cursen las enseñanzas de formación profesional reguladas en el presente Real Decreto en un centro docente autorizado podrán solicitar la convalidación o exención de los módulos profesionales establecidos en la norma que regule cada título o curso de especialización, a fin de completar o finalizar dichas enseñanzas.
La solicitud irá acompañada de la certificación académica oficial de los estudios cursados, o en su caso, del certificado de profesionalidad elaborado a partir del Catalogo Nacional de Cualificaciones Profesionales o de la acreditación parcial de unidades de competencia obtenida a través del procedimiento establecido en el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral.
- Ley Orgánica 4/2011, de 11 de marzo, complementaria de la Ley de Economía Sostenible, por la que se modifican las Leyes Orgánicas 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial (Boletín Oficial del Estado, núm. 61 de 12 de marzo de 2011).
- Real Decreto 1675/2010, de 10 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad y los reales decretos por los que se establecen certificados de profesionalidad dictados en su aplicación (Boletín Oficial del Estado núm. 318, de 31 de diciembre de 2010).
- Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad (Boletín Oficial del Estado núm. 27, de 31 de enero de 2008).
- Real Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas correspondientes a la Educación Secundaria Obligatoria (Boletín Oficial del Estado, núm. 5 de 5 de enero de 2007).
- Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo [Disposición derogada] (Boletín Oficial del Estado, núm. 3 de 3 de enero de 2007).
- Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (Boletín Oficial del Estado, núm. 106 de 4 de mayo de 2006).
- Real Decreto 1416/2005, de 25 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto1128/2003, de 5 de septiembre, por el que se regula el Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales (Boletín Oficial del Estado núm. 289, de 3 de diciembre de 2005).
- Corrección de errores de la Orden TAS/470/2004, de 19 de febrero, por la que se desarrolla el Real Decreto 1506/2003, de 28 de noviembre, por el que se establecen las directrices sobre los certificados de profesionalidad (Boletín Oficial del Estado, núm. 308 de 23 de diciembre de 2004).
- Real Decreto 362/2004, de 5 de marzo, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional específica [Disposición derogada] (Boletín Oficial del Estado, núm. 74 de 26 de marzo de 2004).
- Orden TAS/470/2004, de 19 de febrero, por la que se desarrolla el Real Decreto 1506/2003, de 28 de noviembre, por el que se establecen las directrices sobre los certificados de profesionalidad (Boletín Oficial del Estado, núm. 50 de 27 de febrero de 2004).
- Real Decreto 1506/2003, de 28 de noviembre, por el que se establecen las directrices de los certificados de profesionalidad [Disposición derogada] (Boletín Oficial del Estado, núm. 302 de 18 de diciembre de 2003).
- Real Decreto 1128/2003, de 5 de septiembre, por el que se regula el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales (Boletín Oficial del Estado, núm. 223 de 17 de septiembre de 2003).
- Real Decreto 942/2003, de 18 de julio, por el que se determinan las condiciones básicas que deben reunir las pruebas para la obtención de los títulos de Técnico y Técnico Superior de Formación Profesional Específica [Disposición derogada] (Boletín Oficial del Estado, núm. 182 de 31 de julio de 2003).
Disposición transitoria única. Evaluación de las competencias profesionales.
1. La evaluación de las competencias profesionales adquiridas a través de aprendizajes no formales o de experiencia laboral se efectuará atendiendo a las correspondientes cualificaciones profesionales incluidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, creado por la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio.
2. Hasta que no se incluya en el catálogo la correspondiente cualificación profesional, la evaluación de las competencias a que se refiere el apartado anterior, se efectuará atendiendo a las unidades de competencia establecidas en los títulos de Técnico y Técnico Superior de formación profesional específica.
3. La expedición de los títulos de formación profesional y, en su caso, la acreditación parcial de las competencias profesionales asociadas a los mismos a que la evaluación correspondiente pudiera dar lugar, corresponderá al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte o al órgano competente de la comunidad autónoma.
- Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional (Boletín Oficial del Estado núm. 147, de 20 de junio de 2002).