Técnico en Peluquería [derogado]
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Los requerimientos generales de cualificación profesional del sistema productivo para este técnico son: Potenciar la imagen personal y asesorar al cliente, aplicar técnicas de peluquería para el cuidado y embellecimiento del cabello y técnicas complementarias de manicura, pedicura, arreglo y rasurado de barba y bigote; en condiciones de calidad y seguridad e higiene óptimas. Administrar, gestionar y comercializar un salón de peluquería optimizando el desarrollo de la actividad empresarial bajo la supervisión correspondiente.
Descripción
Este título fue sustituido por el de Técnico en Peluquería y Cosmética Capilar (RD 1588/2011).
Identificación
Ciclo: Grado Medio
Denominación: Técnico en Peluquería
Unidades de competencia incluidas en este título:
- Asesorar a los clientes sobre posibles cambios en su imagen personal, mediante el cuidado y transformación estética del cabello.
- Realizar tratamientos estéticos de las alteraciones capilares y aplicar técnicas de higiene capilar.
- Cambiar total o parcialmente el color del cabello.
- Cortar el cabello en función del estilo seleccionado y aplicar técnicas de arreglo y rasurado de barba y bigote.
- Cambiar de manera permanente y temporal la forma del cabello, peinarlo y recogerlo, en función del estilo seleccionado.
- Aplicar técnicas de manicura y pedicura.
- Realizar la administración, gestión y comercialización en una pequeña empresa.
Capacidades profesionales
a) | Ofrecer propuestas creativas, en función de las tendencias de moda actuales y de las características del cliente para realizar cambios en el aspecto del cabello que repercutan positivamente en su imagen personal. |
b) | Diagnosticar las posibles anomalías estéticas que presente el cabello y cuero cabelludo, prescribiendo y aplicando el tratamiento estético capilar adecuado para paliarlas. |
c) | Tomar las medidas necesarias para minimizar los riesgos de aparición de reacciones no deseadas o inesperadas en la aplicación de productos cosméticos de uso en peluquería. |
d) | Seleccionar y combinar las operaciones técnicas para cambiar el color, la longitud y la forma de la cabellera, respondiendo a las demandas/necesidades del cliente, garantizando las condiciones de seguridad e higiene en el trabajo y proporcionando una alta calidad en el servicio. |
e) | Adaptar postizos, extensiones y adornos al cabello del cliente consiguiendo el efecto deseado. |
f) | Seleccionar y manejar productos, utensilios y aparatos de uso profesional en peluquería, realizando los cálculos necesarios para la dosimetría y las operaciones físico-químicas básicas adecuadas para su preparación y correcta utilización en las técnicas de peluquería y en los tratamientos estéticos capilares. |
g) | Atender permanentemente a los clientes durante su estancia en la peluquería, relacionándose con ellos con fluidez y corrección. |
h) | Informar y asesorar a los clientes sobre cuidados estéticos apropiados para su cabello. |
i) | Participar junto con el facultativo responsable en la ejecución de trasplantes capilares o tratamientos médicos capilares. |
j) | Interpretar información técnica, elaborar y transmitir información, verbal o escrita, a clientes, médicos, peluqueros y otros profesionales. |
k) | Manejar los utensilios y los aparatos de forma diestra y pulcra optimizando el rendimiento en el trabajo y garantizando las condiciones de seguridad e higiene durante la prestación del servicio. |
l) | Establecer, gestionar, organizar y rentabilizar una empresa de peluquería, cumpliendo la normativa legal vigente y planificando las actividades según criterios deontológicos, de eficacia y de imagen empresarial. |
m) | Tener una visión global de los procesos de peluquería y coordinar los trabajos del personal a su cargo, distribuyendo tareas y funciones según criterios de competencia profesional. |
n) | Realizar operaciones complementarias a las de peluquería mediante la aplicación de técnicas de manicura, pedicura y de arreglo y rasurado de barba y bigote. |
o) | Intervenir en la promoción y venta de productos, utensilios, accesorios y aparatos de uso en peluquería, asesorando a los clientes sobre sus características y su correcta utilización. |
p) | Mantener relaciones fluidas con los miembros del grupo funcional en el que está integrado, colaborando en la consecución de los objetivos asignados al grupo, respetando el trabajo de los demás, participando activamente en la organización y desarrollo de tareas colectivas y cooperando en la superación de las dificultades que se presenten con una actitud tolerante hacia las ideas de los compañeros y subordinados. |
q) | Intervenir activamente en procesos de decisión de forma creativa y positiva, desarrollando un espíritu crítico, constructivo y aportando soluciones alternativas. |
r) | Resolver problemas y tomar decisiones individuales, en el ámbito de su competencia. |
Formación
Módulos Profesionales de este ciclo formativo
Código | Denominación | Duración |
---|---|---|
Sin código | Dirección técnico-artística | 130 horas |
Sin código | Tratamientos capilares | 90 horas |
Sin código | Higiene, desinfección y esterilización aplicadas a peluquería | 60 horas |
Sin código | Cambios de color en el cabello | 180 horas |
Sin código | Corte del cabello y técnicas complementarias | 180 horas |
Sin código | Cambios de forma en el cabello | 230 horas |
Sin código | Peinados, acabados y recogidos | 230 horas |
Sin código | Técnicas básicas de manicura y pedicura | 60 horas |
Sin código | Administración, gestión y comercialización en la pequeña empresa | 95 horas |
Sin código | Anatomía y fisiología humanas básicas | 120 horas |
Sin código | Cosmetología aplicada a la peluquería | 180 horas |
Sin código | Formación y orientación laboral | 65 horas |
Sin código | Formación en centro de trabajo | 380 horas |
Total: 2000 horas |
Convalidaciones entre módulos profesionales de títulos establecidos al amparo de la Ley Orgánica 1/1990 (LOGSE) y los establecidos en el título de Técnico en Peluquería y Cosmética Capilar al amparo de la Ley Orgánica 2/2006
Módulos profesionales incluidos en Ciclos Formativos establecidos en LOGSE 1/1990. | Módulos profesionales del Ciclo Formativo (LOE 2/2006): Peluquería y Cosmética Capilar. |
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Peinados, acabados y recogidos. | 0842. Peinados y recogidos. |
Cambios de color en el cabello. | 0843. Coloración capilar. |
Cosmetología aplicada a la peluquería. | 0844. Cosmética para peluquería. |
Corte del cabello y técnicas complementarias. | 0845. Técnicas de corte del cabello. |
Cambios de forma en el cabello. | 0846. Cambios de forma permanente en el cabello. |
Higiene y tratamientos capilares. | 0849. Análisis capilar. |
Técnicas básicas de manicura y pedicura. | 0636. Estética de manos y pies. |
Anatomía y fisiología humanas básicas. Higiene, desinfección y esterilización aplicadas a peluquería. |
0640. Imagen corporal y hábitos saludables. |
Administración, gestión y comercialización en la pequeña empresa. | 0852. Empresa e iniciativa emprendedora. |
Formación en centro de trabajo del título de Técnico en Peluquería. | 0853. Formación en centros de trabajo. |
Correspondencia de los módulos profesionales con las unidades de competencia para su acreditación
Módulos profesionales superados | Unidades de competencia acreditables |
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0842. Peinados y recogidos | UC0058_1. Preparar los equipos y lavar y acondicionar el cabello y cuero cabelludo. UC0349_2. Modificar la forma del cabello temporalmente, peinarlo y/o recogerlo. |
0845. Técnicas de corte del cabello | UC0351_2. Cortar el cabello y realizar el arreglo y rasurado de barba y bigote. |
0636. Estética de manos y pies | UC0357_2. Aplicar técnicas estéticas para cuidar y embellecer las uñas. UC0359_2. Realizar tratamientos estéticos de manos y pies. |
0843. Coloración capilar | UC0348_2. Realizar cambios de color totales o parciales en el cabello. |
0846. Cambios de forma permanente del cabello | UC0350_2. Realizar cambios de forma permanente en el cabello. |
0643. Marketing y venta en imagen personal | UC0352_2. Asesorar y vender productos y servicios para la Imagen Personal. |
0844. Cosmética para peluquería 0849. Análisis capilar | UC0347_2. Realizar el análisis capilar, para diseñar protocolos de trabajos técnicos y aplicar cuidados capilares estéticos. UC0356_2. Atender al cliente del servicio estético de manos y pies en condiciones de seguridad, higiene y salud. |
Normativa
- Orden ECD/344/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Medio correspondiente al título de Técnico en Peluquería y Cosmética Capilar (Boletín Oficial del Estado, núm. 49 de 27 de febrero de 2012).
- Real Decreto 1588/2011, de 4 de noviembre, por el que se establece el Título de Técnico en Peluquería y Cosmética Capilar y se fijan sus enseñanzas mínimas (Boletín Oficial del Estado, núm. 301 de 15 de diciembre de 2011).
- Real Decreto 199/1996, de 9 de febrero, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de Técnico en Peluquería [Disposición derogada] (Boletín Oficial del Estado, núm. 63 de 13 de marzo de 1996).
- Real Decreto 629/1995, de 21 de abril, por el que se establece el título de Técnico en Peluquería y las correspondientes enseñanzas mínimas [Disposición derogada] (Boletín Oficial del Estado, núm. 226 de 21 de septiembre de 1995).
- Decreto 17/1996, de 23 de enero, por el que se establecen las enseñanzas correspondientes al Título de Formación Profesional de Técnico en Peluquería en la Comunidad Autónoma de Andalucía (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, núm. 52 de 4 de mayo de 1996).
- Decreto 130/1997, de 11 de julio, por el que se establece el currículo del Ciclo Formativo de Grado Medio correspondiente al Título de Técnico en Peluquería (Boletín Oficial de Canarias, num 101 de 8 de Agosto de 1997).
- Decreto 112/2012, de 26/07/2012, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de Técnico en Peluquería y Cosmética Capilar en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha (Diario Oficial de Castilla-La Mancha, núm. 149 de 31 de julio de 2012).
- Decreto 231/2012, de 18 de octubre, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de técnico en Peluquería y Cosmética Capilar (Diario Oficial de Galicia, núm. 231 de 4 de diciembre de 2012).
- Decreto 59/1999, de 18 de febrero, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de técnico en peluquería (Diario Oficial de Galicia, núm. 52 de 17 de marzo de 1999).
- Decreto 82/2012, de 30 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el plan de estudios del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de Técnico en Peluquería y Cosmética Capilar (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, núm. 211 de 4 de septiembre de 2012).
- Decreto Foral 259/1996, de 24 de junio, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado medio, correspondiente al título de Técnico en Peluquería en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra (Boletín Oficial de Navarra, núm. 147 de 4 de diciembre de 1996 ).
- Orden 17/2014, de 28 de agosto por la que se establece el currículo del Ciclo Formativo de Técnico en Peluquería y Cosmética Capilar y su aplicación en la Comunidad Autónoma de La Rioja (Boletín Oficial de La Rioja, núm. 111 de 8 de septiembre de 2014).